PROYECTOS COFINANCIADOS POR LA UNIÓN EUROPEA, CON CARGO AL FONDO DE ASILO MIGRACIÓN E INTEGRACIÓN (FAMI).
Los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) aparecen configurados en nuestro ordenamiento como centros, de naturaleza no penitenciaria, cuya función es el cumplimiento de la medida cautelar de internamiento preventivo, siempre por mandato y bajo control judicial, al objeto de poder materializar la ejecución del retorno/repatriación del territorio nacional.
En este sentido los CIE son una pieza del sistema general de extranjería y de la política migratoria.
La legislación de la UE y la española contemplan la posibilidad de mantener internadas por mandato judicial, atribuido en España a los juzgados de instrucción, a los nacionales de terceros países (NTP) que son objeto de procedimientos de retorno con la única finalidad de preparar y llevar a cabo el retorno/repatriación.
Literalmente el art. 60.2 LOEX establece que “Los lugares de internamiento para extranjeros no tendrán carácter penitenciario, y estarán dotados de servicios sociales, jurídicos, culturales y sanitarios. Los extranjeros internados estarán privados únicamente del derecho ambulatorio”.
En España existen 8 Centros de Internamiento de extranjeros (CIE): Tenerife, Las Palmas, Valencia, Murcia, Barcelona, Madrid, Algeciras y Tarifa.