
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se deberán de publicar todos los Contratos formalizados, con indicación del objeto, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado, los instrumentos a través de los que en su caso se haya publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad de los adjudicatarios. Considerando también la publicación de las modificaciones de los Contratos formalizados.
Plataforma de Contratación del Sector Público
Datos estadísticos de los contratos suscritos por SIEPSE en el mes de abril y el acumulado del año 2023
De acuerdo con los indicadores de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, se publica Información económica y presupuestaria:
De acuerdo con los indicadores de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, se publica las cuentas anuales:
De acuerdo con los indicadores de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, se publica la relación de los Convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto y en su caso las obligaciones económicas convenidas:
En cumplimiento de la Ley 31/2014 de 3 de diciembre, esta sociedad mercantil estatal informa que el período medio de pago a proveedores en el mes de mayo de 2023 ha sido de 14 días.
De acuerdo con el artículo 6.1 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, según el cual: “Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de este título publicarán información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación así como a su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional.”
Conforme a la disposición final novena de la Ley citada, esta obligación entrará en vigor al año de la publicación en el BOE de la Ley de Transparencia, es decir, el 10 de diciembre de 2014.
Asimismo, y con la conformidad de los directivos afectados por la solicitud de información, se ponen a disposición los cv de los responsables:
De acuerdo con el artículo 8, apartado 1, letra f, de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, según el cual: “Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”
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